REPRESENTANTES
- COLEGIO LA MERCED: María José Grande Manjón (Grupo Municipal PSOE).
- COLEGIO PEDRO I: Magdalena Guerra Habas (Grupo Municipal En Común Cambiar Barbastro).
- COLEGIO ALTO ARAGON: Ana Belén Barón Ferrando (Grupo Municipal VOX).
- INSTITUTO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA HERMANOS ARGENSOLA: Silvia Ramírez Guinea (Grupo Municipal PP)
- INSTITUTO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA MARTÍNEZ VARGAS: Ernesto Sarrablo Cuello (Grupo Municipal PP)
- ESCUELA OFICIALDE IDIOMAS: Beatriz Celma Escartín (Grupo Municipal PSOE)
- ADULTOS: Elena Olivera Piniés (Grupo Municipal PP)
Artículo 1.- Creación y naturaleza
1.- Se crea el Consejo Escolar Municipal de Barbastro como órgano de consulta, asesoramiento y participación de los sectores afectados en la programación de la enseñanza no universitaria dentro del ámbito municipal. Estos consejos buscan asegurar una comunicación fluida entre la administración local y los centros educativos, además de promover la participación de la comunidad educativa en la gestión de los centros.
Artículo 2.- Competencias
1.- El Consejo Escolar Municipal de Barbastro será consultado preceptivamente por la Administración Educativa, la Entidad Comarcal y el Ayuntamiento de Barbastro de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto 44/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, sobre los siguientes asuntos: a) Las normas y actuaciones municipales que afecten a los servicios educativos complementarios y extraescolares de su ámbito respectivo. b) El emplazamiento de centros docentes dentro de la demarcación municipal. c) La prioridad en los programas y actuaciones municipales que afecten a la conservación, vigilancia y mantenimiento adecuado de los centros docentes. d) El fomento de las actividades tendentes a mejorar la calidad educativa. e) Las competencias educativas que afectan a la enseñanza y que la legislación otorgue a los municipios, así como aquellas que en los mismos pudiera delegar la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en virtud de normas de descentralización y cooperación con las Entidades Locales en materia educativa. f) Las acciones que fomenten los valores culturales propios de la localidad. g) Cualesquiera otros asuntos que se consideren trascendentales para la vida escolar del municipio.
En más detalle, los consejos escolares en Barbastro cumplen las siguientes funciones:
- Asesoramiento y consulta:
- Actúan como órganos consultivos para la administración local en temas relacionados con la educación no universitaria.
- Participación:
- Permiten la participación de representantes de la comunidad educativa (padres, profesores, alumnos, personal de administración y servicios) en la toma de decisiones sobre la gestión de los centros.
- Comunicación:
- Facilitan la comunicación entre la administración local, los centros educativos y la comunidad educativa en general.
- Evaluación y aprobación:
- Participan en la evaluación y aprobación del proyecto educativo y de gestión de cada centro, así como de su programación general anual.
- Promoción de la calidad:
- Contribuyen a la mejora de la calidad de la enseñanza a través de su participación en la toma de decisiones y la promoción de iniciativas educativas.
- Gestión de recursos:
- Pueden gestionar la provisión de mobiliario y equipamiento escolar, así como su distribución.
- Conservación y renovación:
- Promueven la conservación y renovación de los centros educativos.